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El reconocimiento diferenciado de derechos: primer obstáculo al acceso a la justicia de las personas migrantes

  • Silvana BegalaFacultad de derecho de la Universidad Nacional de Córdoba y CECOPAL

Resumen

En este trabajo partimos de un concepto amplio de acceso a la justicia y tomamos como supuesto que las posibilidades de dicho acceso no son iguales para todos los individuos y grupos como consecuencia de la desigual distribución de recursos, mientras unos poseen más y mejor acceso, otros deben enfrentar obstáculos que limitan y aún impiden su libre acceso a la justicia. Partiendo de ese concepto y este supuesto nuestra intención en este artículo es analizar cómo las normas jurídicas pueden ser un obstáculo o un facilitador formal en el acceso a la justicia. Con ello pretendemos también brindar elementos para reflexionar sobre las posibilidades o los límites que el Estado genera a los migrantes extranjeros para el ejercicio de este derecho como medida de la ciudadanía en sentido amplio.

Se presenta, sin pretensiones de exhaustividad, un análisis de los avances, contradicciones y limitaciones en el reconocimiento de derechos de las personas migrantes en la legislación actual. Consideramos que las contradicciones y las limitaciones al ejercicio de los derechos de los migrantes extranjeros que surgen de las normas operan como obstáculos y/o restricciones formales a la amplitud del reconocimiento del acceso a la justicia como derecho humano.

Biografía del autor/a

Silvana Begala, Facultad de derecho de la Universidad Nacional de Córdoba y CECOPAL

Abogada, egresada de la Universidad Nacional de Córdoba, docente de Sociología Jurídica en la carrera de Abogacía de la misma universidad. Cursa estudios en la Maestría en Demografía en el Centro de Estudios Avanzados UNC. Publicó diversos capítulos de libros y artículos científicos y de divulgación sobre acceso a la justicia, migraciones y enseñanza jurídica, temas que trabaja en la actualidad desde la investigación y la extensión. Coordina el Área de Derecho del Centro de Comunicación Popular y Asesoramiento Legal (CECOPAL).

Citas

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FUENTE: revistas.unlp

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