Tops México los Mejores AbogadosTops México los Mejores Abogados
  • Home
  • Blog
  • Landing Pages
  • Secciones
    • Agradecimientos a la Barra
    • Galardonados
    • Metodología
    • Abogadas líderes 2023
    • Abogados líderes 2023
  • Previous
    • 2022
    • 2021
    • 2020
    • 2019
    • 2018
    • 2017
    • 2016
    • 2015
    • 2014
  • Interés
    • Vocabulario legal
    • Glosario
    • Encuestas
  • Top Ranking
  • Videos
NORMALIZACIÓN Y LA OBLIGACIÓN DE LA AUTORIDAD DE ESTANDARIZAR

EN NUESTRA OPINIÓN

EN NUESTRA OPINIÓN: NORMALIZACIÓN Y LA OBLIGACIÓN DE LA AUTORIDAD DE ESTANDARIZAR

“Lo que no sedefine nosepuede medir.Lo que no se mide, no se puede mejorar.Lo que no semejora,sedegrada siempre”.

Lord William Thomson Kelvin

Lanormalización podría definirse como la instauración de criterios de calidad estándar para productos y procedimientos. En la actualidad, la interconexión e intercambio de información a nivel global, requiere el establecimiento de disposiciones comunes que rijan las relaciones sociales, políticas y comerciales.
EN NUESTRA OPINIÓN

Cabe aclarar que, a diferencia de la palabra norma, que implica aspectos jurídicos, a través de la normalización, no se busca legislar, sino más bien el establecimiento de estándares que faciliten maneras de funcionar que sirvan a un conjunto de ciudadanos lo más amplio posible.

Estos estándares se establecen en torno a consensos de gran alcance y con la participación de técnicos cualificados, quienes integran un cuerpo colegiado, habitualmente denominado Comité Técnico de Normalización.

Al respecto, la Organización Mundial del Comercio, se ha pronunciado en el sentido de que las actuaciones encaminadas a lograr la normalización hade facilitar las actividades de las organizaciones que interactúan y promover la participación colectiva en el proceso de negociación que implica su toma de decisiones.[1]


[1] Organización Mundial del Comercio, recuperada el 23 de julio de 2002 de https://www.wto.org/spanish/thewto_s/whatis_s/tif_s/agrm4_s.htm

En este sentido, las autoridades de certificación nacionales e internacionales, como organismos que deben asegurar el proceso de normalización y velar por su observancia, resultan muy relevantes.
EN NUESTRA OPINIÓN

En el plano internacional, existen antecedentes de autoridades de estandarización desde 1947, en concreto con la formalización de la Organización Internacional de Normalización (ISO por sus siglas en inglés).

Esta organización es independiente y no-gubernamental, y se forma por las organizaciones de normalización de 164 países que se han adherido como miembros.

Una de las labores más importantes de la normalización internacional ha sido facilitar el comercio mundial al proporcionar estándares comunes entre países, los cuales abarcan desde productos manufacturados y tecnología a seguridad alimenticia, agricultura y salud, mediante más de veinte mil estándares.[1]


[1]About ISO recuperada el 25 de julio de 2022 de https://www.iso.org/about-us.html

Los estándares también sirven para proteger a los consumidores y usuarios finales de productos y servicios, asegurando que los productos certificados se ajusten a los mínimos normalizados.[1]


[1]Idem

En México, cuentan con facultades de normalización,diversas dependencias que en el ámbito de su competencia, se les considera normalizadoras -a través de los Comités Consultivos Nacionales de Normalización-, mientras que la Dirección General de Normas adscrita a la Secretaría de Economía es responsable de coordinar el sistema de normalización y evaluación de la conformidad.
EN NUESTRA OPINIÓN

El marco normativo que regula la normalización en nuestro país es la Ley de Infraestructura para la Calidad, misma que obliga a que, anualmente, se emita un programa de normalización que enlista las normas que pueden ser objeto de emisión o modificación durante el ejercicio fiscal de que se trate. Si un proyecto de norma no se encuentra incluido en el Programa -o su suplemento- no puede realizarse ningún avance en su elaboración o actualización.

Resulta importante mencionar, que el objeto de la referida Ley, es fijar y desarrollar las bases dela política industrial en el ámbito del Sistema Nacional de Infraestructura de la Calidad, a través de lasactividades de normalización, estandarización, acreditación, Evaluación de la Conformidad y metrología,promoviendo el desarrollo económico y la calidad en la producción de bienes y servicios, a fin de ampliar lacapacidad productiva y el mejoramiento continuo en las cadenas de valor, fomentar el comercio internacionaly proteger los objetivos legítimos de interés público.[1]


[1] Ley de Infraestructura de la Calidad, artículo 1.

Por su parte, la denominación de la estandarización en México es Normas Oficiales Mexicanas (NOM), y se les considera regulaciones técnicas de observancia obligatoria, que establecen las características a reunir por los procesos o servicios cuando estos puedan constituir un riesgo para la seguridad de las personas o dañar la salud humana,así como las que se refieran a su cumplimiento y aplicación.

Asimismo, es importante hacer notar que, a través de los procesos de normalización, en general, se logra homologar criterios respecto a los siguientes aspectos:

  • Racionalización. Referida a variedades y tamaños; este criterio resulta mayormente aplicable a productos, si bien en el caso de servicios puede considerarse en la normalización, cuando se consensa respecto algún insumo que requiere el propio servicio.
  • Seguridad. Regula la obligación de cumplir con una serie de requisitos de seguridad a efecto de evitar accidentes, y en el caso de salud efectos adversos.
  • Calidad. Además de integrar indicadores de racionalización y seguridad, tiene en cuenta el equilibrio entre los avances de la tecnología y las posibilidades reales de los sistemas productivos y las necesidades y expectativas de consumidores y usuarios. Es por ello que el modelo de calidad de los bienes y servicios se centra en indicadores tales como materiales,muestreos, ensayos y requisitos.

En este orden de ideas, la normalización dota de criterios claros y homogéneos, busca mejorar procesos de producción y atención, y vela por la seguridad del usuario final, aspecto que cobra especial relevancia en el caso de normalización en materia de salud.
EN NUESTRA OPINIÓN

En este particular, cabe mencionar que, en la práctica médica, se ha desarrollado un proceso denominado medicina basada en la evidencia, por el que se busca seleccionar los mejores argumentos científicos para la resolución de los problemas y casos a los que se enfrentan en la atención de los pacientes, los profesionales en salud.

Por lo anterior, resulta especialmente importante en materia de salud, contar con estándares consensuados de atención, que incluyan criterios médicos eficientes y eficaces, que garanticen la menor afectación en otras áreas de bienestar de los pacientes, y procurando mejorar su calidad de vida.
EN NUESTRA OPINIÓN

El marco legal prevé que las NOM deben ser revisadas cada 5 años a partir de su entrada en vigor, para lo cual, el Comité Consultivo Normalizador, debe analizar cada norma que haya cumplido este periodo de vigencia en el año anterior, a efecto de, en su caso, decidir la modificación, cancelación o ratificación de cada Norma.

Es claro entonces que resulta primordial el que las autoridades normalizadoras realicen los procesos de emisión y revisión de NOMs que les corresponda, a efecto de poder contar y garantizar criterios y estándares racionales, de calidad y seguros. En materia de salud, este aspecto es doblemente importante e incide en el ámbito del interés público.

Preocupa un poco, sin embargo, que las actuales autoridades estén interpretando con demasiada severidad el ya referido artículo 1o. de la Ley de Infraestructura de la Calidad, respecto a que el objeto de la misma es establecer las bases de la política industrial.

De ser este el caso, se entendería -no justificaría- la resistencia gubernamental a normalizar en materia de prevención y control de enfermedades, que ha derivado en una parálisis de normalización en el último año, ya con minorización de trabajos desde el año pasado.
EN NUESTRA OPINIÓN

Sobre el particular, se estima, que como fue mencionado con anterioridad, el proceso de normalización, si bien impacta en la producción de bienes y la prestación de servicios, la materia de salud no se encuentra exenta, incluso a nivel internacional existe todo un sistema que procura la seguridad y salud en el trabajo (ISO 45001).

Podría pensarse, en todo caso, que la autoridad normalizadora en materia de salud, está procurando establecer criterios de atención mediante otros instrumentos de medicina basada en la evidencia, y si bien cualquiera de ellos, ya sean protocolos o guías de atención, pueden concentrar algoritmos de tratamiento, ninguno de ellos cumple con los beneficios de transversalidad, homogeneidad y obligatoriedad que sí otorga una NOM, mismas que, además, apuntalan el compromiso humano y constitucional de garantizar el derecho a la salud.

En este sentido, esperemos que la dilación en el proceso normalizador en materia de salud atienda a un criterio temporal de reorganización interna de prioridades, que pueda finalizar a la brevedad; y no a una interpretación equívoca de los beneficios y garantías que otorgan las NOMs en este ámbito.

Asimismo, resulta procedente recordar a los que de algún modo u otro nos encontramos inmersos en el bienestar físico de las personas el dicho popular que atinadamente menciona “La salud no lo es todo, pero sin salud no hay nada”, y en este sentido con mayor razón a las autoridades normalizadoras en salud, que los beneficios de contar con criterios claros homogéneos, seguros, de calidad, eficaces y racionales para la atención de diversos padecimientos, facilitan la práctica clínica e impactan en la calidad de vida y bienestar de los pacientes.

Finalmente, cabe reflexionar sobre las palabras con las que iniciamos este artículo, “Lo que no se define no se puede medir. Lo que no se mide, no se puede mejorar. Lo que no se mejora, se degrada siempre“, así que procuremos seguir midiendo y mejorando para no degradar la atención en salud en nuestro país, con la dirección que las autoridades gubernamentales marquen para este fin.
EN NUESTRA OPINIÓN

Artículo anteriorComisión de Educación presentará propuesta de Ley de Educación SuperiorArtículo siguiente Se aprobará una nueva ley para regular la crisis hídrica que se vive en Puebla y el resto del país: Carvajal

Esta edición periodística reúne a la élite del gremio legal que abarca temas de vanguardia e interés social.

OTRAS NOTICIAS
  • DOS NUEVAS CIUDADES ADQUIEREN DECRETO DE PATRIMONIO HISTÓRICO DE MÉXICO
  • Ley de Ciberseguridad en México: encuentran ausencias y violaciones a derechos fundamentales
  • Así queda el derecho al aborto en Latinoamérica tras la despenalización en México
  • ¿Qué es la Ley Olimpia y en qué consiste? Cuál es la sanción
  • México prevé abrir 50 rutas a EU, tras recuperar máxima categoría 1 de seguridad aérea
  • Plantean tipificar y sancionar de 2 a 4 años de prisión el delito de acoso cibernético
  • ¿Pensionados podrían recibir PAGO DOBLE de aguinaldo de la Pensión IMSS 2023 por NUEVA reforma?
  • Reforma laboral, ¿readecuación o retroceso?: debate de ida y vuelta
  • Diputados del Congreso de la CDMX aprobaron reforma para evitar deserción escolar en huérfanos
  • ChatGPT, IA generativa y su regulación en el entorno laboral
  • ¿Tus ahorros pagan impuestos? Esto dice la Ley de Ingresos de México
  • 7 de cada 10 mujeres que participan en el mercado laboral son madres; 58% lo hacen desde la informalidad: Pedro Vázquez
  • Incapacidad laboral: Conoce las nuevas enfermedades que podrían aplicar para solicitarla
  • Impulsan reformas al Código Penal Federal para prohibir la tauromaquia
  • SHCP entrega Paquete Económico 2024 a Cámara de Diputados
  • Cámara de Diputados aprobó reforma constitucional para uniformar periodos de sesiones ordinarias del Congreso
  • Oaxaca, cuna desconocida de los Sentimientos de la Nación; imprenta plasmó manifiestos insurgentes
  • Cuándo entraría en vigor la nueva jornada laboral 2023
  • García Robles y las nuevas generaciones diplomáticas
  • Diputados aprueba reformas sobre estancias migratorias
  • ¿Qué pasó con la reforma para la jornada laboral de 40 horas en México? La Cámara de Diputados no tiene en lista la iniciativa
  • Diputada de Morena propone iniciativa para erradicar la discriminación y mejorar la calidad de vida de los adultos mayores en México
  • Permiso para faltar: dan luz verde a legisladores para estar en campañas
  • Aumenta la naturalización de extranjeros en México
  • Cámara de Diputados aprobó que delitos sexuales contra menores de edad no prescriban
Llámanos ahora
Horario: Lunes-Viernes 09:00 AM - 07:00 PM

SECCIONES

- Galardonados
- Metodología

INTERÉS

- Vocabulario legal
- Responsabilidad social
- Glosario

OTROS

- Aviso de Privacidad
- Blog
- Videos
© Tops los Mejores Abogados 2020 Creado y Optimizado por ZdPublicidad