Ya a principios de marzo, el comisionado del instituto de transparencia advirtió a El Economista la importancia de proteger la información de los aficionados bajo un estricto marco legal de la Ley Federal de Protección de Datos Personales.
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) advirtió a las autoridades futbolísticas de nuestro país que la medida de reconocimiento facial en los partidos de futbol, la cual busca garantizar más seguridad en los estadios, debe cumplir con lo establecido en la Ley Federal de Protección de Datos Personales, es decir, será necesario el consentimiento expreso y por escrito de todos y cada uno de los asistentes, así como medidas para la protección de la información.
Lo expuesto por el Inai es en respuesta al proyecto FAN ID, planteado por la Federación Mexicana de Futbol (FEMEXFUT), y que considera la aplicación de dispositivos de reconocimiento facial para los asistentes a los partidos de futbol, como consecuencia de los hechos violentos del pasado 5 de marzo en el estadio Corregidora de Querétaro, donde un choque entre las barras de Gallos Blancos y Atlas dejó 26 lesionados.
Pese a que el Inai dijo reconocer la importancia de establecer medidas de seguridad en los partidos de futbol, máxime al tratarse de encuentros deportivos de concentración masiva, recalcó que estas deben desarrollarse con estricto apego a lo establecido en la ley, en especial cuando se trata de niñas y niños, quienes también suelen asistir a los estadios de futbol.
“Sobre el proyecto FAN ID, de la Federación Mexicana de Futbol, que considera dispositivos de reconocimiento facial a los asistentes a los partidos de futbol y que incluye datos personales sensibles como los biométricos, el Instituto subraya que deben considerarse las implicaciones que ello podría representar en los derechos a la protección de los datos personales y la privacidad de las personas aficionadas, particularmente de las niñas y los niños”, se indicó.
Por ello, el Inai recordó que es de relevancia mencionar que el tratamiento de datos personales sensibles implica el consentimiento expreso y por escrito de todos y cada uno de los titulares respecto de los cuales se trata el dato, pues es información personal que merece una especial protección, aunado a que los responsables del tratamiento de los datos personales también tienen obligaciones, como la de solo solicitar aquellos datos que resulten necesarios, adecuados y relevantes para cumplir con las finalidades para las cuales se obtuvieron, además de procurar recabar el menor número posible de datos personales.
Asimismo, los datos personales sólo se deberán utilizar para los propósitos informados en el Aviso de Privacidad, que es un documento físico o electrónico a través del cual el responsable informa al titular sobre la existencia y características principales del tratamiento al que será́ sometida su información, además de que deberán rendir cuentas con relación al uso y cuidado de la información personal que esté en su posesión.
Al mismo tiempo es necesario cumplir con el deber de seguridad, que consiste en la obligación que tienen los responsables que lleven a cabo tratamiento de datos personales de establecer y mantener medidas de seguridad administrativas, técnicas y físicas que permitan proteger los datos personales contra daño, pérdida, alteración, destrucción o el uso, acceso o tratamiento no autorizado.
Cabe señalar que el Inai, a través del comisionado Francisco Javier Acuña Llamas, ya había expresado a El Economista que este proyecto de seguridad de la Femexfut estaba siendo evaluado, para en determinado caso tomar medidas como autoridad, con el fin de cuidar la proporcionalidad de los datos personales y biométricos que les están requiriendo a las personas.
“La imagen del rostro es un dato biométrico, no se diga más allá de las huellas dactilares, la voz, esos merecen un tratamiento riguroso de protección, son datos personales asociados a otros elementos como el domicilio o la edad. Hay una preocupación inicial que seguramente pudiera ser un mecanismo entendible en términos de operación, pero de no hacerse con los deberes y cuidados, el pedir por ejemplo el INE, sabemos que tiene información por ambos lados como la firma, la huella o el domicilio privado, no se diga la imagen, la CURP, que son datos que revelan edad y otros elementos. Esto se debe someter a un riguroso cuidado de los deberes”, subrayó en su momento el comisionado Acuña Llamas.
Diputados proponen ley para seguridad en estadios
Después de la mancha que dejó la violencia del 5 de marzo en todo el futbol mexicano, los cuestionamientos por parte de los aficionados han llegado hasta la Cámara de Diputados y diversos niveles de funcionarios públicos.
Ante esto, el Congreso de la Ciudad de México lanzó un proyecto de decreto en el que el objetivo es prohibir el ingreso a estadios a aficionados con antecedentes penales o que se encuentren dentro de algún proceso legal, de acuerdo con un documento propuesto por el diputado Alberto Rangel Moreno.
Esta iniciativa busca tener efecto en la Ley para prevenir la violencia en los espectáculos deportivos de la Ciudad de México, pero primero será turnado a la Comisión de Administración Pública Local y la Comisión del Deporte; además, el documento propone reconocer el término “barra”, aumentar las sanciones o multas en caso de actos violentos en estadios o eventos deportivos y la credencialización de todos los integrantes de los grupos de animación.
FUENTE: eleconomista