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Ley General de Vida Silvestre: Alertan riesgos por tener mascotas distintas a perros o gatos

Especialistas aseguran que la Ley prohibirá también la producción y venta de alimento para otras especies distintas a los caninos o gatos, lo que desaparecerá un importante número de empleos

Investigadores, profesionales, médicos veterinarios, especialistas del cuidado animal y comerciantes organizados manifestaron su preocupación por la iniciativa de reforma a la Ley General de Vida Silvestre, la cual, lejos de contribuir al cuidado y protección de los animales, representa un grave retroceso que provocará mercado negro, tráfico ilegal de especies e incluso abandono de animales, cuya posesión quede prohibida.

En conferencia de prensa, explicaron que tener una especie distinta al perro y gato será considerada como fauna silvestre, por lo que quedará prohibido tener como mascota o animal de compañía tortugas, ranas, aves de presa, canoras y de ornato, así como hurones, erizos pigmeos africano, petauros del azúcar, iguanas, camaleones, geckos, serpientes e incluso especies acuáticas, por mencionar algunos.

Gerardo López Becerra, presidente del Consejo para el Desarrollo del Comercio en Pequeño (ConComercio); Alberto Vargas, presidente del Movimiento Nacional del Contribuyente Social 17 de Marzo (que afilia a mercados públicos); el médico veterinario Miguel de la Torre, representante de Comercio Responsable y Cristina Espejel, coordinadora del Frente Nacional de Productores, Capturadores, Transportadores, Exportadores e Importadores de Aves Canoras y Ornato que las reformas previstas prohibirían actividades productivas relacionadas a la crianza legal de animales, venta y producción de alimentos de las cuales dependen al menos 5 millones de familias.

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El médico veterinario, Miguel de la Torre informó que alrededor del 16 y 18% de las familias que tienen mascotas en su casa, tienen alguna especie distinta a los perros y gatos. Destacó que la ley que ya fue aprobada por la Cámara de Diputados y pasó al Senado de la República no prevé qué pasará con estos animales.

“De ser aprobada esta ley, como está y sin los cambios que proponemos, muchas familias ya no podrán comprar el alimento para sus mascotas, porque ya no habrá quién lo produzca, y se verán obligadas a deshacerse de sus animales de compañía, por lo que se corre el riesgo de que muchas especies queden abandonadas en la calle o sean enviadas a los albergues de la Semarnat”, alertó el especialista.

Sin embargo, señalaron que esta ley prohibitiva provocará una sobrepoblación en los albergues que opera la Secretaría del Medio Ambiente (Semarnat), así como en los criaderos legales conocidos como Unidades de Manejo para la Coservación de Vida Silvestre UMAS y PIMVS), por lo que los legisladores deben considerar destinar partidas presupuestales adicionales para su manutención.

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A su vez, Alberto Vargas, presidente del Movimiento Nacional del Contribuyente Social 17 de Marzo, informó que en la Ciudad de México, prácticamente todos los mercados públicos tienen locales dedicados a la venta de animales, así como alimento y accesorios para mascotas, los cuales se quedarían sin su fuente de empleo, en un momento de crisis económica.

Indicó que los mercados especializados en venta de animales, alimentos y productos para mascotas son el Mercado Sonora, San Lázaro, el Nuevo Mercado Venustiano Carranza, Mercado Morelos, Belisario Domínguez y GAM.

Los conferencistas explicaron que la legislación actual brinda todas las herramientas necesarias para que la Semarnat proteja la fauna; sin embargo, señalaron que con estos cambios, y como quedó redactada la ley, también quedará prohibida todo tipo de fauna silvestre como animales de compañía.

Por ello, propusieron que la regulación se refiera específicamente a grandes felinos, y en ese sentido se establezca que: “ejemplares o especies predadoras de riesgo a la población: Aquellos de grandes especies de fauna silvestre predadoras que debido a sus características biológicas y comportamiento natural, sean una amenaza real al ser humano al estar en contacto directo con él, y por lo cual no se consideran como animales de compañía. Se excluye de esta definición a las especies exóticas invasoras”.

Indicaron que, no señalar con claridad esto y dejar un concepto de fauna silvestre, puede provocar confusión en el cumplimiento y aplicación de la ley.

FUENTE: laprensa

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Esta edición periodística reúne a la élite del gremio legal que abarca temas de vanguardia e interés social.

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