Al haberse cumplido 14 años desde las reformas que impulsaron la creación del nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio, los expertos de la Firma legal Nassar Nassar y Asociados, especialistas en Litigio y materia Penal, ven en la aplicación de la prisión preventiva oficiosa y justificada un sentido contrario a la naturaleza original del modelo de justicia.
El Mtro. José Luis Nassar Daw, socio fundador, apuntó que la reforma se dio en 2008 y se determinó un periodo para su entrada en vigor de 8 años, tiempo que no se dedicó para la generación de un código que estableciera las reglas para una adecuada implementación de esta nueva normativa en materia de justicia penal.
“En esos ocho años no hubo un código, entrenamos en códigos modelo, que no dieron con la realidad jurídica, nos capacitamos en el extranjero con otra realidad, otros intereses y otro contexto. El Código Nacional tomó vida jurídica ya muy cercano al momento en que se tenía que decretar la entrada del sistema y no se escuchó a la academia, a las barras ni a los colegios”, recordó.
El abogado consideró que la sociedad aún no comprende por completo los puntos del nuevo sistema, como son las audiencias de imputación, el desarrollo del juicio y el auto de vinculación, entre otros; lo que provoca que a los imputados desde un inicio se les tache como “delincuentes” y se considere a la prisión preventiva como parte de una sentencia.
En ese sentido, el Lic. José Luis Nassar Peters, socio director, recordó que el objetivo de la prisión preventiva es garantizar la asistencia de la persona investigada en el proceso, y su aplicación debe ser sólo de carácter excepcional, para aquellos que realmente tienen un riesgo de evadir a la justicia o que pongan en peligro a la víctima, cosa que no se hace.
Asimismo, afirmó que el juicio de amparo, influenciado por la actual aplicación del sistema, ya no resulta compatible pues los tiempos que se dan a las investigaciones violan los principios elementales del modelo, por lo que urge que también se haga una reforma para esta figura jurídica.
“Ya no es una herramienta como lo era antes para nosotros el juicio de amparo, y hay que explicarle al cliente que va a ir a una audiencia inicial porque el Ministerio Público lo investigó y no le avisó, aunque no tenía la obligación de hacerlo. Ahora lo pone en manos de un juez y puede ser que lo vinculen a proceso, porque el estándar probatorio es el mínimo. Se ejerce prisión preventiva y eso ya da una apariencia de derrota para los abogados”, expresó.
El experto consideró que se vive una mezcla del sistema anterior y el nuevo, con un “toque mexicano”; además, comentó que en su práctica han visto situaciones como el mandato de cierre de investigaciones complementarias a más de un año de su inicio y mala capacitación de los operadores del modelo, lo que impide que este avance y lo lleva a “una especie de callejón sin salida”.
Sin embargo, los abogados coincidieron en que también hay cosas buenas en el Sistema de Justicia Penal Adversarial, como lo son los juicios transparentes, el sistema probatorio, la audiencia como depuración de material probatorio y los mecanismos alternativos de solución de controversias.
Siempre con el compromiso de mantener sus valores éticos y profesionales, la Firma Nassar Nassar y Asociados, fundada en 1984, asume el reto de promover la buena praxis de la abogacía,así como el rechazo a la deformación del sistema, y para este propósito prepara un libro en que analizará a detalle las áreas de oportunidad en la procuración de justicia.