El Senado mexicano dio un paso decisivo para combatir la filtración, publicación y diseminación de imágenes y videos íntimos sin consentimiento: el Pleno aprobó la Ley Olimpia a nivel nacional, que tipifica y sanciona hasta con seis años de prisión a quien comparta un “pack” (material íntimo) sin tener el permiso expreso de la otra persona.
Por unanimidad, los senadores aprobaron este jueves con 87 votos a favor la reforma a dos legislaciones para erradicar la violencia digital contra mujeres, hombres, niñas, niños y adolescentes: incluye la violencia digital, la violencia mediática y la violación a la intimidad sexual.
El documento aprobado, consultado por este medio, define la violencia digital como “toda acción dolosa realizada mediante el uso de tecnologías de la información y la comunicación, por la que se exponga, distribuya, difunda, exhiba, transmite, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios o videos reales o simulados de contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento, aprobación o autorización”.
Asimismo, las comisiones unidas establecieron en el Código Penal Federal que “comete el delito de violación a la intimidad sexual, aquella persona que divulgue, comparta, distribuya o publique imágenes, videos o audios de contenido íntimo sexual de una persona que tenga la mayoría de edad, sin su consentimiento, su aprobación o su autorización”.
Además, también incluye a aquel que “video grabe, audio grabe, fotografíe, imprima o elabore, imágenes, audios o videos con contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento, sin su aprobación, o sin su autorización”.
“Estas conductas se sancionarán con una pena de tres a seis años de prisión y una multa de 500 a 1,000 Unidades de Medida y Actualización (actualmente entre 43,440 y 86,880 pesos)”, precisa el documento aprobado.
¿Por qué se le llama “Ley Olimpia”?
La Ley Olimpia es como le conoce a un conjunto de reformas legislativas encaminadas a reconocer la violencia digital y sancionar los delitos que violen la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales, también conocida como ciberviolencia.
Esta legislación surgió a raíz de la difusión de un video de contenido sexual no autorizado de una mujer llamada Olimpia en el estado de Puebla. A partir de esta situación, se impulsó una iniciativa para reformar el Código Penal de dicha entidad y tipificar tales conductas como violación a la intimidad, acción que se ha replicado en 25 de las 32 entidades federativas hasta ahora.
“Tras ser víctima de este tipo de violaciones, Olimpia ha dado la lucha, la batalla. Se ha organizado y ha trabajado incansablemente con asociaciones y colectivos feministas que han estado al pie del cañón”
Fuente: www.infobae.com