Tops México los Mejores AbogadosTops México los Mejores Abogados
  • Home
  • Blog
  • Landing Pages
  • Secciones
    • Agradecimientos a la Barra
    • Galardonados
    • Metodología
    • Abogadas líderes 2023
    • Abogados líderes 2023
  • Previous
    • 2022
    • 2021
    • 2020
    • 2019
    • 2018
    • 2017
    • 2016
    • 2015
    • 2014
  • Interés
    • Vocabulario legal
    • Glosario
    • Encuestas
  • Top Ranking
  • Videos

Siete años esperando una Ley de publicidad oficial con enfoque de derechos humanos

El Congreso ha tenido 7 años —y dos sentencias de la SCJN— para emitir la ley reglamentaria del párrafo octavo del artículo 134 constitucional y en este tiempo solo hemos contado con una deficiente ley que ha sido declarada como inconstitucional por la Corte.

El pasado 8 de septiembre de 2021, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación otorgó un amparo a ARTICLE 19 declarando la inconstitucionalidad de la actual Ley General de Comunicación Social, y requirió al Congreso de la Unión emitir una nueva ley antes de que finalice el periodo ordinario de sesiones correspondiente al 2021, es decir, a más tardar el 15 de diciembre.

Hoy, 13 de noviembre, no hay indicios del cumplimiento de la sentencia. Se podrá argüir que no se ha realizado la respectiva y necesaria notificación a las autoridades responsables por parte del poder judicial. Pero también es cierto que la propia sentencia es un hecho público y notorio, y que el Congreso de la Unión conoce la determinación que tuvo el máximo tribunal constitucional del país, al haber declarado inconstitucional la Ley General de Comunicación Social. La encomienda que dicta la sentencia es clara: el Congreso debe subsanar las deficiencias de dicha Ley que impactan en el ejercicio de la libertad de expresión y el derecho a la información.

Lo irónico del asunto es que, a pesar de la claridad de la sentencia, nos encontramos en un estado de incertidumbre. Por un lado, el tiempo está corriendo y se acerca el plazo concedido por la Corte. Y, por otro, al no contar con una formal notificación por parte de una determinación judicial, no puede exigirse formalmente un cumplimiento, por lo que las autoridades responsables no han tenido la iniciativa ni la proactividad de iniciar un proceso sin la respectiva notificación, para lo cual no están impedidos a iniciarlo y llevarlo a cabo.

El tiempo apremia y el riesgo y las implicaciones que conlleva una tardía notificación son variados: por un lado, existe la posibilidad de un albazo legislativo en donde el Congreso de la Unión, con tal de cumplir con las disposiciones de la sentencia, puede aprobar una ley deficiente; por otro lado, está la posibilidad de que el Congreso solicite una prórroga (incierta sobre su fecha) para el cumplimiento de la sentencia, lo que retrasaría aún más la posibilidad de contar con una ley que regule la publicidad oficial; y, un peor escenario, que exista esta tardía notificación y que el Congreso entre en desacato y no cumpla con la sentencia de la Corte.

El Congreso de la Unión ha tenido el tiempo necesario y más que suficiente para legislar debida y correctamente sobre la materia. No sólo contó con el tiempo concedido en la LXIII legislatura en el primer semestre del 2018. Hoy día, tampoco cuenta únicamente con el periodo otorgado entre el 8 de septiembre y el 15 de diciembre de 2021. En estricto sentido, el Congreso ha venido omitiendo su obligación constitucional desde el 31 de agosto del 2015, es decir, desde que se emitió la reforma constitucional de febrero de 2014. El Congreso ha tenido 7 años —y dos sentencias del Tribunal Supremo— para emitir la ley reglamentaria del párrafo octavo del artículo 134 constitucional y, en este tiempo, solo hemos contado con una deficiente ley, desde el 1 de enero de 2019, (producto de un también deficiente proceso legislativo), la cual ha sido declarada como inconstitucional por la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Los escenarios son variados y, si bien es cierto que hasta el día de hoy no existe ninguna certeza sobre lo que vendrá y cómo vendrá, también es cierto que las posibilidades antes mencionadas no son las mejores para una democracia, y en un ambiente adverso para la libertad de expresión, y para la relación existente entre los medios y el poder, es urgente que contemos con una ley que regule debida y correctamente la publicidad oficial.

Ante este nuevo proceso legislativo, las y los legisladores tienen una nueva oportunidad para subsanar lo que sus antecesores no hicieron o hicieron mal, y que es una de las acciones que tienen en su encargo dentro del poder legislativo, que es, legislar. La primera sala ha sido clara en su sentencia, en 2017 el Congreso de la Unión quedó obligado a expedir una legislación que, además de reglamentar el párrafo octavo del artículo 134 de la Constitución Federal, dispusiera las normas en materia de comunicación social a que deben sujetarse los distintos órganos gubernamentales y que garantice que el gasto en esa materia cumpla con los criterios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, así como que se respeten los topes presupuestales, límites y condiciones de ejercicio que establezcan los presupuestos de egresos respectivos. El Congreso no cumplió con lo encomendado y, por tales motivos y razones, nuevamente la Corte reconoce que persiste la omisión legislativa.

La Primera Sala de la SCJN considera que, al igual que se hizo en la sentencia de 2017, se debe requerir al Congreso de la Unión para que cumpla cabalmente con la obligación establecida en el artículo Tercero Transitorio del decreto de la reforma constitucional del 10 de  febrero de 2014 y, en consecuencia, proceda a subsanar las deficiencias de la Ley General de Comunicación Social antes de que finalice el periodo ordinario de sesiones correspondiente al año 2021.

Las incógnitas actuales son: ¿se cumplirá con lo establecido en la sentencia? ¿Tendremos una ley que regule la publicidad oficial a finales de 2021? ¿El Congreso de la Unión entrará en desacato? Nada de esto lo sabremos hasta que en primer lugar, se lleve a cabo la formal notificación y, posteriormente, conocer y observar las acciones que lleve a cabo el poder legislativo para el cumplimiento de la sentencia.

* Ricardo Reyes es Coordinador Jurídico y de Pluralidad Mediática del Programa de Derecho a la Información en ARTICLE 19 México y Centroamérica.

Lo que hacemos en Animal Político requiere de periodistas profesionales, trabajo en equipo, mantener diálogo con los lectores y algo muy importante: independencia. Tú puedes ayudarnos a seguir. Sé parte del equipo. Suscríbete a Animal Político, recibe beneficios y apoya el periodismo libre.

FUENTE: animalpolitico

Artículo anteriorHabrá encuentro de legisladores LGBTTTI+ de varios países en la CDMXArtículo siguiente Castigo a todo servidor público que trafique bienes culturales: AMLO

Esta edición periodística reúne a la élite del gremio legal que abarca temas de vanguardia e interés social.

OTRAS NOTICIAS
  • CAMBIOS EN PRECIOS DE TRANSFERENCIA
  • Expo ANTAD 2023
  • NO HAY PRÓRROGA PARA LEGITIMAR CONTRATOS
  • Instala El Partido Acción Nacional Comisión De Turismo, Para Establecer Vínculo Con Este Sector Rumbo Al 2024  
  • ‘Ley Matilde’ busca castigar fiscalías por ocultar información en casos de feminicidio
  • Promueven Modificaciones A La Ley General De Educación En Materia De Equidad E Igualdad Sustantiva
  • La polarización toma México
  • Inicia Operaciones Plataforma “Impulsarte-Networking”
  • La Ley para Garantizar el Acceso Libre y Gratuito al Internet de la Ciudad de México representa un paso en la garantía de los derechos de las personas
  • Impulsan Reformas Para Aumentar Sanciones Por Delitos De Agresiones Con Sustancias Corrosivas
  • Aprobadas leyes pioneras contra ataques de ácido a mujeres en Puebla (México)
  • Legisladores pedirán prórroga para discusión de reformas a leyes aéreas
  • Combate a extorsión necesita nuevas leyes: académico UNAM 
  • Congreso CDMX: Diputado del PAN propone tipificar el bullying escolar con hasta 5 años de cárcel
  • Publican nueva Ley de Protección del Espacio Aéreo Mexicano
  • Declaran válida reforma electoral en Hidalgo
  • Estas son las leyes sobre residuos implementadas en la Unión Europea y México
  • Congreso de la CDMX aprobó ley para sancionar con hasta diez años de cárcel a quien maltrate animales
  • México reformará Constitución para dejar de expulsar a extranjeros críticos
  • Recurren 3 de cada 4 compradores al comercio digital en el país
  • Nueva ley a restaurantes de México los pone en aprietos. Esto es lo que incluye
  • Morena propone una ley para garantizar la independencia de las personas con discapacidad
  • México – Abrogación de la Ley para la Depuración y Liquidación de Cuentas de la Hacienda Pública Federal
  • STYFE y SEDEMA lanzan “Empleo Temporal”, la primera acción de la Ley de Economía Circular de la Ciudad de México
  • Ley Monzón: Puebla se convierte en el primer Estado en quitar la patria potestad a los feminicidas
Llámanos ahora
Horario: Lunes-Viernes 09:00 AM - 07:00 PM

SECCIONES

- Galardonados
- Metodología

INTERÉS

- Vocabulario legal
- Responsabilidad social
- Glosario

OTROS

- Aviso de Privacidad
- Blog
- Videos
© Tops los Mejores Abogados 2020 Creado y Optimizado por ZdPublicidad