En México en la última década, se han realizado esfuerzos relevantes para mejorar el marco regulatorio, tanto a nivel federal como estatal, con el fin de simplificar el proceso para la creación de empresas, en cuanto a costos y tiempos. Una de las figuras resultado de estas mejoras es la “Sociedad por Acciones Simplificada” o S.A.S. por sus siglas, que está enfocada en apoyar a las micro y pequeñas empresas.
La S.A.S. fue creada en marzo de 2016 con las principales ventajas que puede constituirse en línea, es decir, sin la intervención de un fedatario público para su formalización, se realiza a través del sistema electrónico de la de la Secretaría de Economía y puede crearse con un solo accionista persona física, salvaguardando de esta manera el patrimonio de quienes fiscalmente utilizan la figura de “personas físicas con actividad empresarial”, ya que al crear la sociedad solo responden hasta por el monto de la aportación.
Este nuevo tipo de sociedad tiene características muy específicas precisamente por su enfoque hacia las micro y pequeñas empresas, por ejemplo, solo puede ser constituida por personas físicas y quienes aparezcan como accionistas de la S.A.S. no podrán ser simultáneamente accionistas de otro tipo de sociedad mercantil, si su participación en dichas sociedades les permite tener el control de esta o de su administración.
Otras particularidades de la Sociedad por Acciones Simplificada que podrían considerarse como limitantes en comparación con las demás sociedades mercantiles son que sus ingresos totales no pueden exceder de 5 millones de pesos al año, en caso contrario deberán transformar el régimen social so pena de responder frente a terceros de forma subsidiaria, solidaría e ilimitada, y que siempre debe ser administrada por uno de sus accionistas, es decir no puede tener administradores externos encargados de la operación diaria; sin embargo, cuenta con otras ventajas que la hacen bastante atractiva para los empresarios en ciernes, como:
- las resoluciones de la asamblea de accionistas pueden formalizarse a través de medios electrónicos,
- ahorrándose honorarios notariales,
- las inscripciones tanto en el Registro Público de Comercio como en el Registro Federal de Contribuyentes se realizan a través del mismo sistema electrónico, ahorrándose tiempo y trámites engorrosos.
Con todas las características y ventajas expuestas, podemos considerar a la S.A.S. como una buena opción para las personas que están iniciando su negocio, tanto para MiPymes como para empresas cuyo crecimiento será paulatino y que podrán aprovechar de inicio los ahorros en costos y tiempos, lo único que necesitarán será su firma electrónica avanzada vigente para utilizar el portal de la Secretaría de Economía.